13 de abril de 2026

cuánto es en las Elecciones 2025



Los bonaerenses votarán el domingo 7 de septiembre para renovar legisladores y cargos locales. En Argentina el voto es obligatorio para los mayores de 18 y menores de 70 y no cumplir puede generar sanciones. En estas Elecciones 2025 en Buenos Aires, la gran pregunta es: ¿de cuánto es la multa por no votar?

Lo primero para decir es que las multas por no votar en la provincia de Buenos Aires están sujetas a lo establecido por el Código Nacional Electoral. En el capítulo XXIV de la Ley electoral bonaerense N° 5.109 -modificada en la Ley provincial 14.456- establece las disposiciones penales en el comicio, pero además lo que se paga en caso de no votar y no justificarlo.

También vale decir que los jóvenes de 16 y 17, así como los mayores de 70, pueden participar del comicio si lo desean, pero no están legalmente obligados. Quienes sí tienen la obligación y no se presenten sin justificación válida, arriesgan una multa económica y la inclusión en el Registro de Infractores, lo que puede complicar la realización de ciertos trámites ante organismos públicos.

Los extranjeros con residencia permanente y DNI con domicilio en la Provincia de Buenos Aires también están habilitados para votar en estas elecciones locales. Legalmente, su participación es obligatoria, aunque como no existen sanciones previstas por el incumplimiento, en la práctica se considera optativa.

Multa por no votar: de cuánto es la multa por no votar en las Elecciones 2025 en Buenos Aires

El artículo 137 de la Ley electoral provincial indica que «se impondrá multa de pesos cincuenta ($ 50) a pesos quinientos ($ 500) a los electores mayores de dieciocho (18) años y menores de setenta (70) años que dejaren de emitir su voto y no se justificare ante la Junta Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección».

Y continúa: «Una vez finalizado el escrutinio definitivo, la Junta Electoral pasará a los síndicos fiscales respectivos la nómina de los electores comprendidos en este artículo que no cumplieron con la obligación de votar, para que inicien las acciones correspondientes».

La ley detalla que el pago de la multa «se acreditará mediante una constancia expedida por la Junta Electoral». En tanto, el artículo 140 del texto cierra: «Las multas que por esta ley se establecen, serán destinadas al fomento de la educación común en los respectivos distritos».

Los bonaerenses votarán el domingo 7 de septiembre para renovar parcialmente ambas cámaras provinciales y otros cargos locales.

El Gobierno provincial de Axel Kicillof decidió que este año no habrá elecciones PASO. Además, estableció desdoblar las elecciones provinciales de las nacionales, que tendrán lugar el 26 de octubre y es la primera vez que ocurre. Se definen 46 diputados y 23 senadores, la mitad de cada cámara. También se elegirán cargos municipales como concejales y consejeros escolares.

Es importante tener en cuenta que la Provincia se divide en 8 secciones electorales. Cada una renueva la totalidad de sus representantes en una de las dos cámaras. En 4 se elegirán senadores (Primera, Cuarta, Quinta y Séptima) y en las otras 4, diputados (Segunda, Tercera, Sexta y Octava).



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Los bonaerenses votarán el domingo 7 de septiembre para renovar legisladores y cargos locales. En Argentina el voto es obligatorio para los mayores de 18 y menores de 70 y no cumplir puede generar sanciones. En estas Elecciones 2025 en Buenos Aires, la gran pregunta es: ¿de cuánto es la multa por no votar?

Lo primero para decir es que las multas por no votar en la provincia de Buenos Aires están sujetas a lo establecido por el Código Nacional Electoral. En el capítulo XXIV de la Ley electoral bonaerense N° 5.109 -modificada en la Ley provincial 14.456- establece las disposiciones penales en el comicio, pero además lo que se paga en caso de no votar y no justificarlo.

También vale decir que los jóvenes de 16 y 17, así como los mayores de 70, pueden participar del comicio si lo desean, pero no están legalmente obligados. Quienes sí tienen la obligación y no se presenten sin justificación válida, arriesgan una multa económica y la inclusión en el Registro de Infractores, lo que puede complicar la realización de ciertos trámites ante organismos públicos.

Los extranjeros con residencia permanente y DNI con domicilio en la Provincia de Buenos Aires también están habilitados para votar en estas elecciones locales. Legalmente, su participación es obligatoria, aunque como no existen sanciones previstas por el incumplimiento, en la práctica se considera optativa.

Multa por no votar: de cuánto es la multa por no votar en las Elecciones 2025 en Buenos Aires

El artículo 137 de la Ley electoral provincial indica que «se impondrá multa de pesos cincuenta ($ 50) a pesos quinientos ($ 500) a los electores mayores de dieciocho (18) años y menores de setenta (70) años que dejaren de emitir su voto y no se justificare ante la Junta Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección».

Y continúa: «Una vez finalizado el escrutinio definitivo, la Junta Electoral pasará a los síndicos fiscales respectivos la nómina de los electores comprendidos en este artículo que no cumplieron con la obligación de votar, para que inicien las acciones correspondientes».

La ley detalla que el pago de la multa «se acreditará mediante una constancia expedida por la Junta Electoral». En tanto, el artículo 140 del texto cierra: «Las multas que por esta ley se establecen, serán destinadas al fomento de la educación común en los respectivos distritos».

Los bonaerenses votarán el domingo 7 de septiembre para renovar parcialmente ambas cámaras provinciales y otros cargos locales.

El Gobierno provincial de Axel Kicillof decidió que este año no habrá elecciones PASO. Además, estableció desdoblar las elecciones provinciales de las nacionales, que tendrán lugar el 26 de octubre y es la primera vez que ocurre. Se definen 46 diputados y 23 senadores, la mitad de cada cámara. También se elegirán cargos municipales como concejales y consejeros escolares.

Es importante tener en cuenta que la Provincia se divide en 8 secciones electorales. Cada una renueva la totalidad de sus representantes en una de las dos cámaras. En 4 se elegirán senadores (Primera, Cuarta, Quinta y Séptima) y en las otras 4, diputados (Segunda, Tercera, Sexta y Octava).



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